Annual Report
Las empresas registradas en Estados Unidos están obligadas a presentar un informe anual para mantener su registro activo y actualizar los datos de la compañía para evitar multas y sanciones más duras.
El informe de renovación anual debe presentarse ante el gobierno del estado en que está registrada la empresa. La mayor o menor complejidad del informe de renovación anual depende del estado en el que esté registrada la empresa y también del tipo de empresa. Básicamente, en el documento hay campos para introducir informaciones básicas sobre la empresa, como la dirección, la composición de su accionariado, el número de empleados, los correos electrónicos y los teléfonos de contacto.
Cada estado establece un plazo para la entrega y el cobro de una tasa para actualizar el registro de la empresa.
BEA Surveys
Los formularios de encuesta de la Oficina de Análisis Económico del Departamento de Comercio de EE.UU. están concebidos para recoger informaciones sobre empresas con al menos un 10% de propiedad extranjera en el capital social. Entre los datos que deben declararse están aquellos relacionados con los ingresos de la empresa, su cuadro societario y funcional y sus resultados. Hay diferentes tipos de encuestas BEA (BEA Survey), algunas se entregan anualmente, presentando los datos referidos al año fiscal anterior, otras, dependiendo de la empresa, deben entregarse trimestralmente.
5472
El objetivo del Formulario 5472 es impedir que extranjeros eviten los impuestos de los EE.UU. y eliminar algunas lagunas que existían en el código fiscal.
Instrucciones del IRS para el Formulario 5472: https://www.irs.gov/instructions/i5472
1099
El formulario 1099 reporta la consolidación de los pagos realizados a las personas contratistas externas que recibieron más de 600 dólares durante el año fiscal.
No debe incluir sueldos, remuneraciones o propinas, que deben declararse en el formulario W-2.
5471
Determinados ciudadanos y residentes de EE.UU. que son ejecutivos, directores o accionistas de determinadas empresas extranjeras deben presentar el formulario 5471 como parte de su declaración de impuestos para expatriados.
8868
Se usa el formulario 8868 para una organización exenta de requerir la prórroga automática de 6 meses para completar el tax return.
Declaración de Beneficiario Final
Se ajusta como beneficiario final la persona física que:
Tiene directa o indirectamente más del 25% del capital de la entidad;
Ejerce directa o indirectamente la preponderancia en las deliberaciones sociales y el poder de elegir a la mayoría de los administradores, incluso sin controlarla; o
En nombre de la cual se realiza una transacción.
Con respecto al plazo de envío de la Declaración, tenemos dos escenarios: si la empresa extranjera no tiene beneficiario final, debe informar tal condición a la Secretaría de Ingresos Federales de Brasil en el plazo de noventa (90) días a partir de la fecha de su registro; también es necesario informar siempre que haya un cambio en el beneficiario final con relación a la entidad declarante.
Requiere de mucha atención el plazo de entrega, pues la persona jurídica que no comunicar sobre el beneficiario final será objeto de una multa administrativa y de la suspensión del CNPJ.
RDE-IED/RDE-ROF
Son declaraciones relacionadas al registro de operaciones en el banco central para recibir y enviar recursos al extranjero como se describe a continuación:
RDE-IED – Certificado para la persona jurídica que ha recibido inversiones extranjeras en Brasil;
RDE-ROF – Certificado para la persona jurídica que ha tomado algún tipo de crédito internacional.
El plazo para presentar los certificados para el registro en los sistemas RDE-IED y RDE-ROF es el mismo: hasta 30 días desde el hecho imponible.
DEF – Certificado Económico Financiero
DEF es una obligación complementaria del Banco Central de Brasil de actualizar la información sobre la composición accionaria de las empresas brasileñas, que se entrega en dos intervalos diferentes:
Es necesario prestar atención al plazo de entrega, puesto que la multa puede variar en función del tiempo de retraso:
Entrega fuera de plazo: 1% del valor sujeto a registro limitado a R$ 25.000,00.
Multa por falta de entrega: 5% del monto sujeto a registro, limitado a R$ 125.000,00.
Multas por informaciones falsas: 10% del monto sujeto a registro, limitado a R$ 250.000,00.
CBE – Certificado de Capitales Brasileños en el Extranjero
CBE es una obligación complementaria a las empresas que han invertido un capital igual o superior a:
USD 1.000.000 para el certificado anual. Con un plazo que vence el 5 de abril del año siguiente;
USD 100.000.000 para el certificado trimestral. Para una fecha base del 31 de marzo, el certificado debe realizarse antes del 5 de junio siguiente a la fecha base. Para la fecha base 30 de junio y 30 de septiembre: hasta el 5 de septiembre y el 5 de diciembre siguientes a la fecha base, respectivamente.
Las multas por no presentar la declaración o en otros casos previstos en la ley varían de R$ 2.500,00 a R$ 250.000,00, y pueden aumentar en un 50% en algunos casos.
Censo de Capitales Extranjeros en el País
Se refiere a la obligación complementaria que debe enviarse al Banco Central de Brasil y que tiene por finalidad recoger informaciones sobre las inversiones directas en el extranjero y los instrumentos de deuda externa. Hay dos modalidades de entrega del Censo de Capital Extranjero en el País, que deben ser entregados hasta el 16 de agosto de 2021:
Quinquenal – Se entrega en años terminados en 0 o 5.
Anual– Se entrega en años que no terminan en 0 o 5;
¿Quién debe presentar el censo anual?
Personas jurídicas con domicilio en el país, con participación directa de no residentes en su capital social, en cualquier importe, y con un patrimonio neto igual o superior al equivalente a 100 millones de dólares en la fecha base del 31 de diciembre del año base;
Los fondos de inversión con accionistas no residentes y con un patrimonio neto igual o superior al equivalente a 100 millones de dólares, en la fecha base del 31 de diciembre del año base, a través de sus administradores; y
Personas jurídicas con domicilio en Brasil, con un saldo total pendiente de créditos comerciales a corto plazo (exigibles hasta 360 días) concedidos por no residentes, por un importe igual o superior al equivalente a 10 millones de dólares, en la fecha base del 31 de diciembre del año base.
¿Quién debe presentar el censo quinquenal?
Personas jurídicas con domicilio social en Brasil, con participación directa de no residentes en su capital social, en cualquier importe, en la fecha base del 31 de diciembre del año base;
Los fondos de inversión con accionistas no residentes, en la fecha base del 31 de diciembre del año base, a través de sus administradores; y
Personas jurídicas con domicilio social en Brasil, con un saldo total pendiente de créditos comerciales a corto plazo (exigibles en un plazo de 360 días) concedidos por no residentes, por un importe igual o superior al equivalente a 1 millón de dólares estadounidenses, en la fecha base del 31 de diciembre del año base.
Estado de los fondos en moneda extranjera resultantes de cvlos ingresos por exportación (DEREX)
Con la extinción de DEREX, las informaciones que anteriormente eran declaradas por medio de ésta deben presentarse en 2021 mediante el uso de las siguientes maneras:
Personas jurídicas que optan por el régimen del Simple Nacional: a través del sistema de Recaudación Nacional;
Las demás personas jurídicas: por medio de un bloque específico de la Contabilidad Fiscal (ECF);
Personas físicas: a través del Certificado de Ajuste Anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DIRPF).
Las informaciones relacionadas al DEREX deben ser informadas en el Bloque V del ECF.
Inversiones Extranjeras Certificado País a País (DPP)
Entidades obligadas a presentar el DPP:
I – R$ 2.260.000.000,00 (dos mil millones, doscientos sesenta millones de reales), si el controlador final es residente en Brasil a efectos fiscales; o
II – € 750.000.000,00 (setecientos cincuenta millones de euros), o el equivalente convertido al tipo de cambio del 31 de enero de 2020 en la moneda local de la jurisdicción de domicilio a efectos fiscales del controlador final.
Entidades exentas de presentar el DPP:
a) Identificar, rellenando el Registro W100 del ECF, el controlador final del grupo multinacional (puede ser él mismo o el controlador final del grupo);
b) Informar a la RFB, en el Registro W100 del ECF, que el grupo multinacional se encuadra en la situación de exención de presentar el DPP.
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